- Comprar y usar: es legal. La ley nacional regula la venta; no fija reglas para el uso en tu casa.
- El límite: desde el 29/12/2025 no se puede vender pirotecnia de más de 105 decibeles. Antes el tope era 110.
- Quién controla: el Servicio de Material y Armamento (SMA), Bomberos y cada intendencia.
- Tu departamento: Montevideo y Canelones suman reglas propias. Maldonado no tiene, al 24/10/2026.
Normativa 2026
Ley de pirotecnia en Uruguay
Guía de la normativa 2026
La Ley 20.246, promulgada el 29/12/2023, prohíbe en todo el país importar, fabricar, vender y almacenar pirotecnia «de estruendo»: la de más de 110 decibeles, y de más de 105 desde el 29/12/2025. Ese mismo día venció el plazo de dos años que tenían los comercios para sacar de la venta lo que no cumplía.
La ley no dice a qué distancia se miden los decibeles: los criterios técnicos quedan en el SMA. Tampoco fija el monto de las multas, que le toca a una reglamentación que al 24/10/2026 no está publicada. Lo que se recaude va a organizaciones de autismo y de protección animal. Quedan afuera los fuegos de luz de los espectáculos que hacen técnicos habilitados.
Además, declara diciembre el mes de la concientización sobre el uso responsable de la pirotecnia.
La ley obliga a que cada producto lleve al frente un hexágono verde, amarillo o rojo según cuánto ruido hace, y el SMA clasifica cada uno. Los umbrales de cada color no están publicados en la ley: el decreto de Montevideo de 2021 usa verde hasta 80 decibeles y amarillo hasta 110. Con el tope nacional de 105, todo lo que se vende hoy tiene que estar por debajo de ese número.
En Montevideo, la última temporada la Intendencia habilitó la venta de hexágono verde y amarillo. Si vas a vender, confirmalo con la Intendencia antes de armar el stock.
El Servicio de Material y Armamento del Ministerio de Defensa controla la importación, la fabricación, la venta y el almacenamiento de la pirotecnia. Cada producto tiene que llevar la leyenda «Autorizado por el SMA» y las instrucciones de uso en español: venderlo sin eso tiene multa desde 2009 (Ley 16.320, art. 81).
No hay una lista pública de productos autorizados. Lo que podés mirar es la caja: el hexágono, la leyenda del SMA y las instrucciones. Todo lo que vendemos en PYRO está autorizado por el SMA.
- Ley nacional: no fija una edad mínima.
- Montevideo: prohíbe vender a menores de 16 años (Decreto 37.945).
- Canelones: prohíbe vender a menores de 18 años (Decreto 65/2008).
- En PYRO: vendemos solo a mayores de 18, en todo el país.
Para usarla, el Sistema Nacional de Emergencias recomienda que la enciendan solo adultos.
Los comercios y los puestos tienen que estar registrados en Bomberos (instructivo IT 30) y en el SMA. Un puesto en la calle tiene las dos constancias a la vista, un extintor y al menos una persona por turno con el curso de Bomberos; el registro dura hasta 45 días.
En Montevideo hace falta además el permiso de la Intendencia. La inscripción es del 1 al 30 de noviembre y, en las dos últimas temporadas, la venta en la calle fue del 20 de diciembre al 6 de enero. Los puestos van a 50 metros de estaciones de servicio, centros educativos y sanatorios, y no se habilitan en 18 de Julio, plazas ni ramblas. El trámite está en la web de la Intendencia.
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Ninguna norma nacional, ni de Montevideo, Canelones o Maldonado, fija días u horarios para tirar fuegos artificiales en tu casa. Sí es una falta, castigada con trabajo comunitario, disparar petardos causando peligro o alarma (Código Penal, art. 365). En los partidos, usar pirotecnia no autorizada es causa para quedar en el registro de impedidos (Decreto 1/021).
Las recomendaciones oficiales: solo productos autorizados, al aire libre, lejos de casas, autos y árboles, y nunca en zonas con monte.
En Canelones rige además un decreto departamental con reglas propias para la venta y el uso, más estrictas en los espacios públicos. El registro de los vendedores en la calle lo llevan los municipios: antes de vender, o si vas a usarla en un espacio público, consultá en el tuyo.
En Maldonado no hay un decreto departamental sobre pirotecnia al 24/10/2026: rige la ley nacional. Hay un proyecto de enero de 2026 que la limitaría a 84 decibeles, sin aprobar. Para los espectáculos en la costa, la Intendencia pide una empresa habilitada por el SMA, un seguro y la autorización de Prefectura.
Diciembre es el mes de la concientización, y Montevideo mide el ruido las noches del 24 y el 31. Si hay perros, bebés o personas con autismo cerca, buscá efectos de luz y color en la línea sin ruido, y para el resto mirá la guía de Navidad y Año Nuevo.
- Ley 20.246, regulación del uso de pirotecnia (IMPO)
- Guía de IMPO sobre la regulación del uso de pirotecnia
- Ley 16.320, art. 81: multas del SMA (IMPO)
- Instructivo IT 30 de Bomberos: pirotecnia
- Decreto 37.945 de Montevideo
- Montevideo: venta de pirotecnia en la vía pública
- Código Penal, art. 365 (IMPO)
- Decreto 1/021, art. 6: espectáculos deportivos (IMPO)
Revisada el 24/10/2026. Es un resumen de normas públicas, no asesoramiento legal: las reglas departamentales cambian de un año a otro. Antes de vender, consultá en tu intendencia, en Bomberos y en el SMA.
PREGUNTAS FRECUENTES
Lo que más se pregunta antes de comprar o de vender.
Sí. La Ley 20.246 prohíbe vender pirotecnia de más de 105 decibeles desde el 29/12/2025; lo que está por debajo, autorizado por el SMA, se puede comprar y usar. Montevideo y Canelones suman reglas propias para la venta.
En todo el país, la «de estruendo»: la de más de 105 decibeles. En Montevideo, además, los globos de los deseos. Canelones tiene reglas propias, más estrictas en los espacios públicos: consultá en tu municipio.
Hasta 105 desde el 29/12/2025; antes eran 110. La ley no dice a qué distancia se miden: los criterios técnicos son del SMA.
La ley nacional no fija una edad. Montevideo prohíbe vender a menores de 16 y Canelones a menores de 18. En PYRO vendemos solo a mayores de 18.
Mirá la caja: tiene que decir «Autorizado por el SMA», traer las instrucciones en español y el hexágono de color al frente. Desconfiá de lo que se vende suelto o sin etiqueta.
Sí, con la ley nacional: Maldonado no tiene un decreto propio al 24/10/2026. Los espectáculos en la costa necesitan autorización de la Intendencia y de Prefectura.
El registro del puesto en Bomberos, el del SMA y el permiso de la Intendencia, que se pide del 1 al 30 de noviembre. Si querés empezar con mercadería armada para revender, mirá los Packs Kiosko.










